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Testamento

En esta guía legal actualizada del Testamento en Chile vamos a ver un profundo análisis de cómo testar y porque es tan importante tener más conocimiento de este instrumento tan útil pero tan poco usado.

Siempre nos preguntamos si podemos dejarle herencia a nuestra hija menor, o queremos privilegiar a ciertos herederos por sobre otros, o tenemos un conflicto con algún hijo, pero no sabemos hacer este trámite,  no sabemos si necesitamos abogado para redactar un testamento.

En esta guía legal sabrás todo sobre cómo testar en chile

¿Que es un testamento?

Según se define en el artículo 999 del Código Civil, se caracteriza por ser una manifestación formal y deliberada de voluntad por parte de un individuo, mediante la cual establece el destino de la totalidad o una fracción de sus activos para que se efectúe una vez fallecido.

Esta definición destaca que el testamento puede variar en su solemnidad y enfatiza la posibilidad de que el testador modifique o revoque sus disposiciones en cualquier momento antes de su muerte.

Este análisis detallado nos permite comprender este trámite  no solo como un documento legal, sino como un trámite a través del cual una persona proyecta su voluntad más allá de su existencia, asegurando que sus deseos específicos sean cumplidos en relación con sus bienes y legados.

¿Que puedo dejarle herencia a mis hijos?

La mejor forma para no dañar a la familia, ni a los hijos es dejar planificada mi herencia con un testamento.

¿Podemos privilegiar a un hijo por sobre otro?

La respuesta es sí!, la ley contempla que usted pueda dejar estipulado en el Testamento la asignación especial llamada “cuarta de mejoras” que es aquel 25% que usted sólo puede dejar a sus legitimarios, beneficiando así a un heredero por sobre otro.

Además usted podrá dejar como herencia el otro 25% a cualquier persona que usted quiera, o incluso seguir beneficiando al hijo, de ésta forma usted mejorará la porción que corresponda a un hijo en particular beneficiandolo inclusive con el 50% de sus bienes, como cuota valida,  esto más los otros derechos que recibe por legitimario.

Todo su patrimonio se divide por la mitad, el 50% se llama legítima, y ella sólo corresponde darselas a los Legitimarios ,que son aquellos de suceden siempre         ( hijos y cónyuge sobreviviente)

 Características:

Naturaleza Unilateral:  es un acto jurídico que se sostiene sobre la unilateralidad, es decir, su validez y existencia dependen exclusivamente de la manifestación de voluntad del testador. Esta característica lo distingue de otros actos jurídicos que requieren acuerdos entre dos o más partes. El testamento, por tanto, se consolida como la expresión máxima de un acto jurídico unilateral, en el que la voluntad del testador, sin necesidad de aceptación o consentimiento ajeno, es suficiente para darle vida y efectos jurídicos.

– Solemnidad Requerida: La solemnidad es una característica que refuerza su seriedad y formalidad. Debe ajustarse a formalidades específicas que la ley estipula. Estas formalidades, que varían según el tipo, sirven como requisitos para asegurar que la voluntad del testador sea expresada de forma clara, deliberada y sin vicios.

La ley, mediante los artículos 1000 y 1002 del Código Civil, enfatiza que, independientemente de la forma del testamento, ciertas solemnidades objetivas deben ser observadas para garantizar la autenticidad y la libre expresión de la voluntad del testador.

– Personalísimo:  El acto de hacer un testamento es muy personal. Solo el testador puede hacerlo, y no puede transferir o delegar esta tarea a otra persona. Debido a esta naturaleza personal, no se permiten testamentos conjuntos ni mancomunados, y no se puede representar a alguien más para hacer un testamento en su nombre. La ley indica claramente que un testamento debe reflejar la voluntad de una sola persona, sin que haya influencias o intervenciones de otras personas que puedan afectar su autenticidad.

No se puede testar por intermedio de un mandato por ejemplo.

 Testamentos Solemnes

. En territorio chileno, los testamentos solemnes pueden ser abiertos o cerrados, mientras que los otorgados en el extranjero deben ajustarse a las leyes chilenas o extranjeras correspondientes.

 Testamentos Solemnes Abiertos

Requieren que el testador revele sus disposiciones testamentarias ante testigos. Este tipo de testamento puede ser otorgado de dos maneras principales:

  1. Ante un ministro de fe y tres testigos.
    2. Solamente ante cinco testigos, sin la presencia de un ministro de fe.

Este formato de testamento proporciona una transparencia inmediata de las intenciones del testador a los testigos presentes, asegurando así que sus deseos sean conocidos y verificados.

Testamentos Solemnes Cerrados

Los  solemnes cerrados permiten que las disposiciones del testador permanezcan privadas, sin que los testigos tengan conocimiento directo de su contenido. Esto ofrece una capa adicional de confidencialidad a las decisiones personales del testador.

Consideraciones Especiales

Los analfabetos, ciegos y sordomudos que pueden comunicarse claramente solo tienen permitido otorgar  solo testamentos abiertos, mientras que aquellos que no puedan expresarse verbalmente o desconozcan el idioma del notario están restringidos a otorgar sólo cerrados.

Testamento cerrado

El testamento cerrado, también conocido como secreto, constituye una modalidad testamentaria que se distingue por la confidencialidad de su contenido hasta el momento de su apertura, posterior al fallecimiento del testador. Esta particularidad asegura que las disposiciones del testador permanezcan desconocidas para los testigos y el ministro de fe durante el otorgamiento, subrayando la importancia de la privacidad y la voluntad personal en la transmisión post mortem de bienes y derechos.

Características del Testamento Cerrado

Permite al testador la expresión de su última voluntad de manera confidencial, sin revelación previa a los testigos o a cualquier funcionario presente durante su creación. Este tipo  es especialmente relevante para individuos que desean mantener en reserva la distribución de su patrimonio o ciertas disposiciones personales hasta después de su muerte.

Proceso Detallado de Otorgamiento

El procedimiento para otorgar uno cerrado es meticuloso y se desarrolla en tres etapas fundamentales, diseñadas para proteger la integridad y la intención del testador y nuestro equipo de abogados es experto:

  1. Escrituración y Firma del Testamento:

– El documento puede ser preparado de antemano por el testador o redactado por un tercero. Sin embargo, es imperativo que esté firmado por el testador para garantizar su validez.
– Se debate sobre la aceptabilidad de un documento no firmado pero completamente redactado de puño y letra del testador, con opiniones divididas sobre si la firma es esencial para validar el consentimiento del testador.

  1. Cierre y Sellado del Documento:

– Una vez redactado,  se coloca dentro de un sobre o cubierta, que luego se sella de tal manera que cualquier intento de acceso al contenido requiera la ruptura de este sello, asegurando la privacidad de las disposiciones testamentarias.

  1. Redacción y Firma de la Carátula:

– La carátula, redactada por el notario, incluye declaraciones cruciales sobre el estado mental del testador, la identificación completa de todas las partes involucradas, y el momento exacto del otorgamiento.
– Este proceso culmina con la firma de la carátula por parte del testador, los testigos y el notario, consolidando la formalización del testamento.

Apertura y Protocolización Post Mortem:

Tras el deceso del testador, es imprescindible la apertura judicial y la protocolización del testamento cerrado para verificar su autenticidad y convertirlo en un documento público, preparándolo para la ejecución de las voluntades testamentarias.

La elección del testamento cerrado por parte de un individuo refleja un deseo de privacidad y control sobre la divulgación de sus últimas voluntades, asegurando que sus decisiones sean respetadas y llevadas a cabo de manera fiel a sus deseos, en un marco de solemnidad y resguardo legal.

Testamento solemne otorgado en el extranjero

El testamento solemne otorgado en país extranjero se rige por las disposiciones establecidas en los artículos 1027 a 1029 del Código Civil, permitiendo a los individuos chilenos o extranjeros domiciliados en Chile ejercer su derecho a testar fuera del territorio nacional bajo dos grandes marcos legales: conforme a la ley extranjera y conforme a la ley chilena. Este mecanismo asegura la flexibilidad y la validez internacional de las últimas voluntades del testador, reconociendo la diversidad de legislaciones y la movilidad geográfica de las personas.

Testamento Otorgado en Conformidad a la Ley Extranjera

Este tipo de testamento permite a los testadores acogerse a las normativas del país extranjero donde se otorga el testamento, con la condición de que este se ajuste a ciertos requisitos para ser reconocido en Chile:

1.Requisitos de Validez:
– Escritura Obligatoria: El testamento debe estar documentado por escrito, excluyendo la validez de los testamentos verbales en Chile, aun cuando sean aceptados en el país donde se otorgaron.
– Conformidad con la Ley Extranjera: Es necesario demostrar que el testamento cumple con las formalidades y solemnidades requeridas por la legislación del país de otorgamiento.
– Autenticidad del Instrumento: Se debe verificar que el documento testamentario haya sido efectivamente otorgado y autorizado por las personas indicadas en él, siguiendo los procedimientos de legalización de firmas establecidos por el Código de Procedimiento Civil chileno.

  1. Aplicación del Principio Lex Locus Regit Actum:
    – Este principio fundamenta el reconocimiento en Chile de los testamentos otorgados en el extranjero conforme a la ley local, con la excepción de que el documento debe estar por escrito, rechazando la validez de los testamentos verbales foráneos.
  2. Validez del Testamento Ológrafo Extranjero:
    – A pesar de que el Código Civil chileno no reconoce los testamentos ológrafos otorgados dentro de Chile, aquellos realizados bajo esta forma en países que sí los aceptan pueden ser considerados válidos en Chile, siempre que cumplan con los requisitos de ser escritos, fechados y firmados por el testador.

 Revocación del Testamento

La revocación del testamento es un trámite que pueden hacer en cualquier notaría o si vuelve a testar, dejando sin efecto todos los testamentos anteriores.

¿Qué es la Revocación?

Revocar un testamento significa cambiarlo o anularlo, en parte o completamente. Según el Código Civil, un testamento solo puede ser revocado por la persona que lo hizo. Este derecho no se puede renunciar, lo que asegura que el testador siempre tenga la última palabra sobre sus bienes.

Tipos de Revocación

Existen dos tipos principales de revocación:

  1. Expresa: El testador declara directamente en un nuevo testamento que revoca el anterior.
  2. Tácita: Las disposiciones de un testamento nuevo son incompatibles con las del anterior, lo que implica una revocación.

Casos de Revocación Tácita

Hay situaciones específicas en las que se presume una revocación tácita:

– Venta del bien legado: Si el testador vende un bien que había legado, el legado se revoca.

– Cambio significativo del bien legado: Si un bien legado cambia mucho, se presume la revocación.

– Cobro de una deuda perdonada: Si se perdona una deuda en el testamento pero luego el testador la cobra, la revocación es tácita.

 Cómo Revocar

La manera más común de revocar un testamento es hacer un nuevo testamento. Hay debates sobre si otras formas, como una escritura pública, son válidas para revocar.

La Herencia en Chile: Un Proceso Legal Importante

En Chile, la herencia es un proceso legal que se activa cuando una persona fallece, dejando atrás sus bienes y derechos. Según la ley chilena, los herederos pueden ser designados a través de un testamento, en el cual el testador expresa su voluntad sobre cómo deben dejar repartidos sus bienes. Si no se ha dejado testamento, la ley establece un orden de sucesión para la repartición de la herencia, dando prioridad a los hijos y otros parientes cercanos. Este proceso requiere la posesión efectiva, un trámite que se realiza ante el notario y que permite a los herederos tomar control de los bienes del difunto.

Asignaciones Forzosas y la Repartición de Bienes

En Chile, existen asignaciones forzosas que garantizan que ciertos herederos, como los hijos, reciban una parte de la herencia independientemente de la voluntad del testador. Este mecanismo asegura que los miembros más cercanos de la familia no queden desamparados tras la muerte del testador. La partición de bienes puede ser un proceso complejo, a menudo requiriendo la intervención de un abogado para garantizar que todos los pasos se sigan correctamente y que la repartición sea justa y acorde a la ley.

El Rol del Notario y los Testigos en el Proceso

El notario juega un papel crucial en el proceso de heredar en Chile, especialmente en la validación del testamento y en la supervisión de la posesión efectiva. Además, los testigos son esenciales para confirmar la autenticidad de las declaraciones del testador, asegurando que las decisiones sobre la herencia sean respetadas. En casos donde se necesite revocar un testamento anterior, el proceso debe ser realizado con cuidado y conforme a las normas legales, para evitar disputas entre los herederos. La participación de un abogado especializado en herencias puede ser fundamental para navegar estos trámites de manera efectiva y garantizar que la voluntad del fallecido sea cumplida. Testar es un acto serio y formal que debe ser realizado con plena conciencia de su impacto en la familia.

Resumen:

¿Que es un testamento?:

Un testamento es un tramite por el cual una persona (el testador) dispone de todo o parte de sus bienes para que sean heredados después de que fallezca. Según la ley, hay varios tipos de testamento:

Testamento solemne: es el que más se utiliza en Chile. Debe ser escrito y otorgarse ante testigos mayores de 18 años. El testamento solemne puede ser abierto o cerrado. En el primero, el testador informa de su voluntad a un notario y a testigos. En el segundo caso, el testador presenta al notario y a tres testigos una escritura cerrada, declarando de viva voz que en ella se contiene su última voluntad.

Testamento menos solemne o privilegiado: pueden omitirse las formalidades que la ley habitualmente requiere, como la presencia de un notario. Este tipo de testamento se da generalmente en casos en que la vida del testador se encuentra en peligro inminente. Hay tres tipos de testamentos menos solemnes: el verbal, el militar y el marítimo. Estos dos últimos sólo se permiten en caso de guerra.

¿Cómo se Hace un Testamento?

Primero, debe decidir si va a hacer un testamento solemne abierto o cerrado. Los testamentos menos solemnes sólo se dan en casos excepcionales en que corra peligro la vida del testador.

Testamento solemne abierto: debe ir donde un notario con tres testigos mayores de 18 años y puede llevar el testamento escrito. El notario deberá leerlo en voz alta ante los tres testigos. En el testamento debe constar el nombre, edad, domicilio y nacionalidad del testador, detalle de sus matrimonios y de todos sus hijos, la declaración de hallarse en pleno uso de sus facultades y el nombre y domicilio de los testigos. El documento debe firmarse por el testador, el notario y los testigos. En caso de que el testamento no se realice ante notario, podrá hacerse ante cinco testigos, debiendo cumplirse con algunos trámites adicionales con posterioridad a la muerte.

Testamento solemne cerrado: se debe llevar a la Notaría el testamento en sobre cerrado, escrito y firmado por el testador. En el sobre deben ponerse los datos y firmas del testador, el notario, los tres testigos y la fecha del otorgamiento. El testador debe decirles, de viva voz, que en el sobre está contenido su testamento.

Repartición de la Herencia

Al fallecer una persona, se inicia la partición de la herencia. La familia y los herederos deben realizar el trámite de la posesión efectiva para poder heredar los bienes del difunto. Según la ley chilena, existen asignaciones forzosas que garantizan que ciertos herederos, como los hijos, reciban una parte de la herencia. Si el testador desea revocar su testamento anterior, puede hacerlo siguiendo los procedimientos legales establecidos. Es recomendable contar con la asesoría de un abogado para asegurar que todos los pasos se cumplan correctamente y que la repartición de los bienes sea justa y conforme a la ley.

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