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Pensión alimenticia: la orientación legal que necesita – La pensión alimenticia es una parte importante del sistema legal en Chile. La pensión alimenticia es una obligación para proporcionar a un menor de veintiún años educación básica y secundaria y si tiene más de 21 años enseñarle una profesión u oficio. La obligación de aportar estos recursos se mantiene hasta los veintiún años, aunque el hijo no esté estudiando. En el caso de descendiente o hermano mayor mayor de veintiún años, la pensión alimenticia también incluye la obligación de proporcionar la enseñanza de una profesión u oficio. Si su hijo tiene una enfermedad o discapacidad los alimentos serán obligatorios para toda la vida.  Esta guía está diseñada para ayudar a quienes necesitan comprender los aspectos legales de la pensión alimenticia en Chile.

¿Qué es la pensión alimenticia? ¿Puedo pagar en especie?

La Ley 21.484, que modifica el Código Civil, ha cambiado el criterio de la pensión alimenticia en el sentido de que el beneficiario ahora debe recibir lo suficiente para llevar una vida adecuada, en lugar de una subsistencia meramente modesta como antes señalaba el artículo 323. En consecuencia, los Magistrados deben considerar la situación del niño, mejores intereses a la hora de decidir la cantidad necesaria de alimentos.

Leyes de pensión alimenticia: duración, elegibilidad y aspectos financieros

En el ámbito de la pensión alimenticia, las complejidades legales dictan que el apoyo financiero persiste durante toda la vida del beneficiario, siempre que perduren las circunstancias que justifican el reclamo. Sin embargo, surgen matices a la hora de considerar la pensión alimenticia para descendientes y hermanos, cuyo pago cesa a los veintiún años. En caso de ejercer una profesión u oficio, este apoyo económico concluye a los 28 años, a menos que existan circunstancias atenuantes, como discapacidad física o mental, o un juez lo considere crucial para su subsistencia.

La obligación de pagar la pensión alimenticia comienza con la presentación de la primera reclamación y se desarrolla mediante pagos anticipados mensuales. Fundamentalmente, los pagos carecen de aplicación retroactiva si no se declaran formalmente, esto quiere decir que la pensión de alimentos si no está en un instrumento jurisdiccional como una mediación una transacción una sentencia no rige hacia el pasado, es decir no se puede cobrar retroactivamente si es que ésta no se paga por eso que es importante que usted pueda demandar la pensión alimenticia ya que desde que queda establecida en un equivalente jurisdiccional, esta es obligatoria y usted podrá cobrarla siempre. Las decisiones en casos de pensión alimenticia giran en torno a tres pilares fundamentales:

  • Legitimación para presentar la reclamación: Reconocer el derecho de los cónyuges, descendientes, ascendientes, hermanos o personas que hayan recibido donaciones sustanciales.
  • Necesidades del Beneficiario: Profundizando en los gastos reales que abarcan vivienda, servicios básicos, alimentación, educación, transporte, salud y recreación.
  • Capacidad de Pago del Deudor: Evaluación integral de la capacidad financiera del obligado a pagar, considerando todos los flujos de ingresos, con la única excepción de los descuentos legales.
  • Comprender estos pilares es fundamental para navegar las complejidades de las sentencias de pensión alimenticia y garantizar una resolución justa y equitativa para todas las partes involucradas.

 ¿A quién se le debe proporcionar pensión alimenticia?

Las obligaciones alimentarias se extienden al cónyuge, a los descendientes, a los ascendientes, a los hermanos y a cualquier persona a quien se haya hecho una donación sustancial. Por lo tanto, un hijo puede presentar una demanda contra su padre o su madre, un cónyuge contra su pareja, un padre contra sus hijos (en el caso de personas mayores) y un hermano contra sus demás hermanos.

¿Cuáles son las implicaciones de la libertad judicial para ordenar la pensión alimenticia?

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  • Se modifica el artículo 7 de la Ley 14.908 para flexibilizar el pago de alimentos.
  • Antes, el tribunal no podía fijar el monto de la pensión en exceso del 50% de los ingresos del deudor.
  • Ahora, con las nuevas modificaciones, cuando existen razones fundadas, el tribunal puede decretar un pago mayor de pensión alimenticia.
  • Estas razones fundadas serán consideradas en el juicio de pensión alimenticia y el juez deberá tenerlas en cuenta al dictar sentencia.
  • Esto asegura que se preserve una distribución equitativa en los aportes del deudor demandado para todas las personas a quienes tiene el deber de proporcionar alimentos.

¿Qué está incluido en la pensión alimenticia y cuándo se paga?

Incluye la obligación de proporcionar al menor de veintiún años educación básica y secundaria, y el aprendizaje de alguna profesión u oficio. La obligación de aportar estos recursos continúa hasta los 21 años, incluso si el hijo no está estudiando. Sin embargo, si ella tiene más de 21 años, él debe estar registrado para reclamar manutención. En el caso de descendiente o hermano mayor de veintiún años, la pensión alimenticia también incluye la obligación de proporcionar educación en una profesión u oficio.

Conclusión

La pensión alimenticia es una parte importante del sistema legal en Chile y debe tomarse en serio. Es importante comprender los aspectos legales de la pensión alimenticia para garantizar que se respeten los derechos de las partes involucradas. Si necesita asesoría o asistencia legal con Pensión Alimenticia en Chile, el equipo de Abogaley® tiene amplia experiencia en derecho de familia, derecho civil, derecho penal y derecho comercial en las regiones Metropolitana, Antofagasta, Atacama y Valparaíso. No dude en ponerse en contacto con nosotros.

Preguntas frecuentes sobre la pensión alimenticia

¿Dónde debo presentar una reclamación por pensión alimenticia, aumento o reducción de pensión alimenticia?

Las reclamaciones sobre esta materia, aumento de pensión o reducción de pensión se interponen ante el Juzgado de Familia correspondiente al domicilio del deudor o del beneficiario, a elección de este último.

¿Cuál es la ley que rige las demandas por pensión alimenticia?

Los juicios se tramitan de conformidad con la Ley N° 19.968 y sus modificatorias.

¿Es posible modificar la pensión alimenticia?

Sí, ya que no es estático y puede modificarse si cambian las circunstancias que inicialmente lo justificaron. Para ello deberá presentarse una solicitud de modificación ante el tribunal competente, fundamentando los motivos del cambio.

¿Qué cantidad de pensión alimenticia pueden decretar?

El monto se determina en función de las necesidades del deudor y de su capacidad de pago. No hay una cantidad fija, pero el juez hoy (desde mayo de 2023) puede asignar una cantidad que supere el 50% de los ingresos del deudor. En el caso de dos o más menores de edad, la suma no podrá ser inferior al 30% para cada uno.

¿Cómo se paga la pensión alimenticia?

El pago de la pensión alimenticia deberá realizarse mediante depósito en una cuenta especial que se abre en el Banco del Estado. El importe se deposita mensualmente y por adelantado.

¿Qué pasa si no pago?

La falta de pago tiene varias consecuencias. Se pueden solicitar medidas de ejecución, incluida la detención y la retención de reembolsos de impuestos. Además, podrá solicitar que el deudor esté inscrito en el Registro Nacional de Deudores de Alimentos.

¿Qué pasa si se defiende la demanda señalando que no tiene ingresos?

En caso de que el imputado declare que no tiene ingresos, el tribunal puede fijar la pensión alimenticia en el 40% del salario mínimo. Si el demandado tiene más de un hijo, esta cantidad puede ser menor.

¿Cómo se ajusta la pensión alimenticia?

El monto de la pensión alimenticia se reajusta anualmente con base en la Unidad Tributaria Mensual (UTM), de conformidad con la Ley 21.389.

¿Cómo puedo saber cuánto me deben de pensión alimenticia?

El proveedor de alimentos puede ir a la página del Poder Judicial y solicitar una “liquidación”. Este procedimiento permitirá al tribunal realizar un cálculo de los depósitos y establecer el monto de la deuda.

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