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Quitar paternidad a un hijo

Nuestro abogados de familia han sentado jurisprudencia en Chile en el ambito del derecho de familia, en este artículo te explicaremos como quitar paternidad a un hijo,  ya que es una nueva posibilidad que la Corte Suprema y el Tribunal Constitucional ya han confirmado en sus criterios.

El artículo 202 del Código Civil chileno establece que “la acción para impetrar la nulidad del acto de reconocimiento prescribirá en el plazo de un año”, es decir, desde la fecha en que se formula el reconocimiento. No obstante, “en caso de fuerza, [el plazo de prescripción se cuenta] desde el día en que esta hubiere cesado” (artículo 202 del Código Civil chileno). El plazo empieza a correr desde el instante en que se tiene conocimiento y capacidad. En otras palabras, al impedido no le transcurre plazo. Nadie puede ejercer una acción por fuerza si se encuentra actualmente bajo la misma coacción que invalida su actuación y solo podría correrle un plazo desde que cesa el vicio. La interrogante es si este principio podría aplicarse también a otros vicios, cuando quien lo sufre desconoce la falsa representación de la realidad que lo impulsó a actuar.

Quitar paternidad a un hijo, una situación que debemos enfrentar demandando

Imagínese que usted entabló una relación amorosa y de convivencia en la cual “Javiera” queda embarazada. Usted asume su paternidad, ya que ambos mantenían fidelidad y sostenían una relación amorosa exclusiva. Con el tiempo, se separan. Posteriormente, usted comienza a pagar la pensión alimenticia en beneficio de su hijo y recibe una información (un correo electrónico, un mensaje de texto, un WhatsApp, etc.) que indica que ese hijo no es suyo.

Con la duda legítima, busca en internet y decide realizar una prueba de ADN privada en un laboratorio. Se trata de un análisis de saliva, y el niño no se da cuenta. Espera el resultado durante unos días y se confirma que usted NO es el padre biológico de ese niño.

Si analizamos la normativa del Código Civil Chileno, usted dispone de un año para poder “arrepentirse” del reconocimiento de la paternidad desde que lo efectuó. No obstante, el problema radica en que, si usted vivió engañado, ¿cómo iba a saber de tal engaño? Por ello, actualmente, el criterio de la Corte Suprema y del Tribunal Constitucional ha cambiado y permiten admitir que se cuenta ese año desde que usted tuvo conocimiento del engaño.

Esto significa que, en el ejemplo proporcionado, no podrían transcurrir más de 12 meses desde el resultado del examen de ADN para poder demandar a la madre de ese niño y eliminar su paternidad.

La acción de nulidad del Reconocimiento

La acción de nulidad del reconocimiento es una de las cinco acciones legales relacionadas con la filiación en el sistema legal chileno. Estas acciones son: desconocimiento de paternidad matrimonial, nulidad del reconocimiento, reclamación de filiación, reclamación e impugnación conjunta, e impugnación de filiación.

si están atravesando la difícil situación de descubrir que un hijo no es biológicamente suyo y se sienten abrumados o confundidos, queremos invitarlos a una entrevista con nuestros expertos abogados de familia de Abogaley®®. Ellos estarán encantados de brindarles apoyo, explicar todos los detalles sobre el proceso de demanda y responder a todas sus preguntas.

No enfrenten esta situación solos, permítannos guiarlos y proporcionarles la información y el asesoramiento legal que necesitan. Nuestro equipo de Abogaley®® está comprometido con el cuidado y la atención personalizada a sus necesidades. No duden en ponerse en contacto con nosotros para agendar una entrevista y comenzar a tomar las decisiones correctas en este difícil momento. Estamos aquí para ayudarlos.

En Abogaley®®, entendemos que enfrentar un desafío legal como este puede ser emocionalmente agotador y complicado. Por eso, nos esforzamos por brindarles un ambiente acogedor y comprensivo donde puedan sentirse cómodos compartiendo sus preocupaciones y recibiendo la orientación adecuada.

Al trabajar con nuestros abogados de familia, no solo contarán con el respaldo legal y profesional, sino también con un equipo comprometido con su bienestar emocional. Nuestra prioridad es ayudarlos a superar este difícil proceso y alcanzar una resolución justa y satisfactoria.

No dejen pasar más tiempo y aprovechen la oportunidad de recibir la asesoría legal que merecen. Estamos aquí para apoyarlos en cada paso del camino y asegurarnos de que sus derechos sean protegidos. Pónganse en contacto con Abogaley®® hoy mismo y juntos enfrentaremos estos desafíos legales con confianza y determinación.

¿Cómo anular un reconocmiento?

Es fundamental recordarles que, si no presentan la demanda de nulidad del reconocimiento dentro del plazo de 12 meses desde que se realizó la prueba de ADN o desde que recibieron la noticia de que ese hijo no es suyo, el tribunal rechazará inmediatamente la demanda. No subestimen la importancia de actuar dentro de este plazo, ya que las consecuencias pueden afectar significativamente su vida.

Si no se toman medidas legales a tiempo, ese hijo podría heredar su patrimonio en caso de fallecimiento, lo que podría generar complicaciones y conflictos familiares. Además, si actualmente están pagando pensión alimenticia, podrían pasar años abonando sumas considerables a un hijo que no es biológicamente suyo.

Por eso, les instamos a que no esperen más y se pongan en contacto con los abogados de Abogaley®® para recibir la asesoría legal adecuada y actuar de manera oportuna. Estamos aquí para guiarlos y proteger sus derechos en esta difícil situación.

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